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El
ámbito de responsabilidad del técnico debe ser examinado desde tres
perspectivas distintas. La primera es estrictamente administrativa;
se trata de un tipo de infracciones que son sancionadas de manera
más leve, normalmente con una multa. La segunda consiste en la
imposición de una pena en el caso de que se detecte un delito o
falta tipificada. Por último, la responsabilidad civil se centra en
la reparación económica del daño causado. En ese contexto, habría
que nombrar también la responsabilidad que eventualmente habría de
afrontar el técnico.
Todos estos aspectos se tocaron con profundidad en unas Jornadas
Técnicas organizadas recientemente por El Colegio Oficial de
Ingenieros Técnicos de Minas del Principado de Asturias, que tenían
como objetivo principal abordar un tema importante: la
responsabilidad de los técnicos profesionales del sector de la
Prevención de Riesgos Laborales (PRL). Para comprender mejor el
concepto, se podría definir al técnico en PRL como un auxiliar del
cumplimiento del deber de prevenir los riesgos laborales que la Ley
atribuye al empresario. La figura de “auxiliar del cumplimiento” es
el tercero que, a instancia del deudor, interviene en el
cumplimiento de una relación obligatoria, sin que implique la
liberación del deudor.
Las eventuales responsabilidades que se le podrían imputar a un
técnico de prevención podrían clasificarse en dos grandes apartados.
Por una parte, la responsabilidad frente a las víctimas con un
régimen jurídico común, sean cuáles sean las relaciones jurídicas
subyacentes, derivado ese régimen jurídico común de la naturaleza
jurídica común de la totalidad de los técnicos de prevención como
auxiliares del empresario.
Por otra parte, la responsabilidad de los técnicos de prevención
frente al empresario, con un régimen jurídico diferente según las
relaciones jurídicas subyacentes entre el técnico de prevención y el
empresario o, en su caso, entre el empresario y un servicio de
prevención ajeno y, además, entre éste y el técnico de prevención,
con posibilidad de interposición de una entidad subcontratista.
La importancia de explicar en estas Jornadas la delimitación de las
eventuales responsabilidades del Técnico es clara, puesto que,
atendiendo a sus funciones de prevención, “la tentación de que pueda
imputarse a un técnico cualquier accidente o percance que suceda a
una empresa es muy grande”. |